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miércoles, 18 de octubre de 2017
Las empresas que regularmente concedían cestas de Navidad a sus empleados están obligadas a seguir haciéndolo. Así lo establece una sentencia dictada por el Tribunal Supremo, que sienta jurisprudencia, y en la que se establece que las cestas de Navidad son un derecho adquirido por los trabajadores que se ha de respetar.
El fallo del Supremo modifica así la disposición de las empresas con respecto a esta retribución, que defendían no estar obligadas a mantener por tratarse de un acto de generosidad hacia los empleados. Ahora, las compañías que ofrecían regularmente a sus trabajadores una cesta de Navidad deben seguir haciéndolo, independientemente de la situación económica que atraviesen.
La sentencia, a la que ha tenido acceso el diario Expansión, es el resultado de un litigio con una empresa que dejó de entregar esta retribución a sus trabajadores tras fusionarse con otra compañía que no tenía esta costumbre. Según el tribunal, este derecho no se ve afectado por una operación de fusión empresarial y, en todo caso, "no permite que pueda ser suprimido de forma unilateral".
Amplía que al tratarse de una concesión de carácter colectivo, el beneficio de la cesta de Navidad no se puede modificar o suprimir unilateralmente, sino que se debe adoptar una solución acordada, tal como establece el Estatuto de los Trabajadores.
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